La incidencia en el sistema fiscal vasco del derecho de la Union Europea y del derecho internacional Research groups

Lo que caracteriza al sistema de financiación vasco es que los Territorios Históricos del País Vasco tienen reconocida una amplia autonomía fiscal, dado que tienen potestad para mantener, establecer y regular su régimen tributario. Ello se traduce en que la exacción, gestión, liquidación, recaudación e inspección de los impuestos estatales más importantes (actualmente, todos, salvo los derechos de importación y los gravámenes a la importación en los Impuestos Especiales y en el Impuesto sobre el Valor Añadido), corresponde a los Territorios Históricos. Por su parte, la Comunidad Autónoma del País Vasco contribuye a la financiación del Estado con el «cupo» que consiste en el pago de una determinada cantidad por las competencias no asumidas.

    Pues bien, el grupo de investigación pretende llevar a cabo un exhaustivo análisis del sistema fiscal vasco, y singularmente, el de los Territorios Históricos, por un lado, desde la perspectiva del Derecho de la Union Europea, y, por otro, desde la óptica derecho tributario internacional. Ello es absolutamente pertinente, pues el sistema tributario de los Territorios forales está sometido a los Tratados o Convenios internacionales firmados y ratificados por el Estado español o a los que éste se adhiera, entre ellos, por supuesto, los Tratados comunitarios y los Convenios de Doble Imposición.

       Estamos asistiendo a un protagonismo creciente de la fiscalidad internacional, protagonismo que no pueden desconocer ni los poderes politicos, ni los jueces, ni los operadores juridicos (abogados y asesores), ni, por supuesto, los investigadores (esencialmente, los universitarios).

        Ello se está poniendo especialmente de manifiesto con ocasión del proceso BEPS. Desde hace varios años, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) está muy preocupada desde por la planificación fiscal realizada por las empresas multinacionales. Esta preocupación condujo a la (OCDE), a instancia del G-20, a publicar un Plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios en julio de 2013 (en lo sucesivo, ?BEPS?, por sus siglas en inglés). La OCDE considera que las empresas multinacionales se aprovechan de las lagunas en la interacción entre los distintos sistemas tributarios para minorar artificialmente las bases imponibles o trasladar los beneficios a países o territorios de baja tributación en los que realizan poca o ninguna actividad económica, estimando que los resultados de la BEPS se traducen en unas pérdidas globales de recaudación en el ámbito del impuesto sobre sociedades de entre el 4 % y el 10 %, es decir, de 100 a 240 mil millones de dólares estadounidenses al año. La Unión Europea (UE) participa de esa preocupación, de ahí que los trabajos en el seno de la OCDE se acogieron con satisfacción por el Consejo Europeo.

La importancia de fiscalidad internacional, especialmente la comunitaria, no se ciñe solo a los aspectos sustanciales de la tributación, muy al contrario, se extiende también al ámbito de los derechos y garantías de los contribuyentes, siendo de significar, en este punto, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Ikerketa eremua

Social Sciences & Humanities

Erakundea
University of the Basque Country (UPV/EHU)
Ikertzaile nagusia
Isaac Merino Jara
Helbidea
FACULTAD DE DERECHO
Nola iritsi
Ikerketa lerro nagusiak
  • concierto ecónómico
  • fiscalidad internacional
  • fiscalidad de las empresas vascas
  • fiscalidad de las cooperativas
  • derechos de los contribuyentes